REFLEXIONES ACERCA DE LA CRISIS DE HONDURAS (II).
JORGE PALLARES BOSSA
Ha transcurrido una semana más de la llamada Crisis de Honduras, sin que se advierten mayores progresos en la marcha de las conversaciones que adelantan los representantes del gobierno de facto de Roberto Micheletti y los delegados del Presidente depuesto Manuel Zelaya, bajo la orientación del mediador designado Oscar Arias, presidente de Costa Rica.
Sin embargo, a lo largo de todos estos días, la posición de la comunidad internacional ha permanecido invariable e incluso hasta se ha endurecido, vistas las advertencias que a titulo individual hicieron algunos países, con los Estados Unidos a la cabeza. En ese sentido, han amenazado con limitar el trafico comercial o con recortar prestamos y ayudas previamente convenidas.
En ese orden de ideas, cobra mayor vigencia, las reflexiones que en el orden estrictamente jurídico internacional, comenzamos a hacer, en el sentido de que podríamos estar en presencia de una nueva modalidad de intervención en los asuntos internos que la comunidad internacional en su conjunto puede hacer en defensa de los postulados de una sociedad democrática y particularmente de la salvaguarda y protección de los derechos humanos de los nacionales de un país, en este caso de la atribulada Honduras.
De hecho, la comunidad internacional, viene practicando intervenciones en situaciones internas desde que a principios del siglo anterior, se creara la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y se pusieran en marcha mecanismos que viabilizaron controles respecto de la relación entre patronos y trabajadores y la natural vigilancia que le corresponde al gobierno como integrante de esa triada. Solo que ahora, gracia al extraordinario desarrollo del derecho internacional y especialmente de los derechos humanos, funcionarios tanto de la ONU como de la OEA y hasta de organizaciones no –gubernamentales, a las que la primera otorga todo su crédito, visitan frecuentemente los distintos países y evalúan públicamente la actuación que determinada dependencia gubernamental tienen en esa materia. En esta semana, contamos precisamente con la presencia en Colombia de James Anaya, relator especial de la ONU para asuntos Indígenas.
En consecuencia, no es nada extraño que la OEA haya decidido en la Crisis de Honduras, con toda la razón, condenar el golpe de Estado y respaldar la legitimidad de Presidente de ese país, elegido democráticamente, por más que su labor como gobernante, suscite muchas dudas y que su actuación personal posterior no sea del todo seria. La comunidad Internacional tendrá que diseñar en el futuro una metodología de intervención cuya exigencia comunitaria Internacional, en palabras de Cassese, se enderece no solo al acatamiento del derecho sino a la consecución de la Justicia.
Ha transcurrido una semana más de la llamada Crisis de Honduras, sin que se advierten mayores progresos en la marcha de las conversaciones que adelantan los representantes del gobierno de facto de Roberto Micheletti y los delegados del Presidente depuesto Manuel Zelaya, bajo la orientación del mediador designado Oscar Arias, presidente de Costa Rica.
Sin embargo, a lo largo de todos estos días, la posición de la comunidad internacional ha permanecido invariable e incluso hasta se ha endurecido, vistas las advertencias que a titulo individual hicieron algunos países, con los Estados Unidos a la cabeza. En ese sentido, han amenazado con limitar el trafico comercial o con recortar prestamos y ayudas previamente convenidas.
En ese orden de ideas, cobra mayor vigencia, las reflexiones que en el orden estrictamente jurídico internacional, comenzamos a hacer, en el sentido de que podríamos estar en presencia de una nueva modalidad de intervención en los asuntos internos que la comunidad internacional en su conjunto puede hacer en defensa de los postulados de una sociedad democrática y particularmente de la salvaguarda y protección de los derechos humanos de los nacionales de un país, en este caso de la atribulada Honduras.
De hecho, la comunidad internacional, viene practicando intervenciones en situaciones internas desde que a principios del siglo anterior, se creara la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y se pusieran en marcha mecanismos que viabilizaron controles respecto de la relación entre patronos y trabajadores y la natural vigilancia que le corresponde al gobierno como integrante de esa triada. Solo que ahora, gracia al extraordinario desarrollo del derecho internacional y especialmente de los derechos humanos, funcionarios tanto de la ONU como de la OEA y hasta de organizaciones no –gubernamentales, a las que la primera otorga todo su crédito, visitan frecuentemente los distintos países y evalúan públicamente la actuación que determinada dependencia gubernamental tienen en esa materia. En esta semana, contamos precisamente con la presencia en Colombia de James Anaya, relator especial de la ONU para asuntos Indígenas.
En consecuencia, no es nada extraño que la OEA haya decidido en la Crisis de Honduras, con toda la razón, condenar el golpe de Estado y respaldar la legitimidad de Presidente de ese país, elegido democráticamente, por más que su labor como gobernante, suscite muchas dudas y que su actuación personal posterior no sea del todo seria. La comunidad Internacional tendrá que diseñar en el futuro una metodología de intervención cuya exigencia comunitaria Internacional, en palabras de Cassese, se enderece no solo al acatamiento del derecho sino a la consecución de la Justicia.
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